You are hereDemandan ONG prorizar reforma al fuero militar a la nueva legislatura

Demandan ONG prorizar reforma al fuero militar a la nueva legislatura

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Difusión Cencos México D.F., 11 de septiembre de 2012

Boletín de prensa
OSC de DH

Tras la declaración de inconstitucionalidad del artículo 57, fracción II, inciso a) del Código de Justicia Militar por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación –cuya fijación en jurisprudencia permanece pendiente- y después de cuatro sentencias consecutivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra México en las que se impone la obligación de modificar dicho código en lo tocante al fuero militar,  organizaciones de la sociedad civil instamos públicamente a la nueva legislatura, a través de un escrito enviado el día lunes 10 de septiembre del año en curso al Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, a concretar la reforma al Código de Justicia Militar y a  priorizar la agenda en materia de derechos humanos.

 Envían organismos civiles carta al Presidente de la Mesa Directiva y a la Junta de Gobierno para urgirles a reformar el Código de Justicia Militar,  a la luz de las recientes decisiones de la SCJN

A propósito de la presentación de un proyecto de decreto que reforma el artículo 57 del Código de Justicia Militar por parte  del Senador Pablo Escudero Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el pasado 4 de septiembre del 2012; y del proceso de discusión del dictamen discutido por la Comisión de Justicia de la LXI Legislatura, que quedara trunco desde el 24 de abril de este mismo año, los documentos enviados a las y los senadores destacan que es necesario que el Congreso atienda de manera prioritaria su responsabilidad ya ineludible de reformar el Código de Justicia Militar de acuerdo con los estándares internacionales en la materia.

En esta marco, resulta fundamental destacar que desde hace varios años la armonización del Código de Justicia Militar con la Convención Americana de Derechos Humanos ha sido un asunto de primera relevancia para las organizaciones de derechos humanos, para la comunidad internacional, y sobre todo para aquellas personas víctimas de violaciones de derechos humanos cometidas por elementos de las Fuerzas Armadas, quienes han constatado directamente los obstáculos que limitan el acceso a la justicia en el ámbito castrense. 

Como es sabido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó expresamente en los casos Rosendo Radilla Pacheco (2009), Inés Fernández Ortega (2010), Valentina Rosendo Cantú (2010), Rodolfo Montiel Flores y Teodoro Cabrera García (2011), que se lleven a cabo las modificaciones necesarias para armonizar el artículo 57 del Código de Justicia Militar con la Constitución y con la Convención Americana sobre Derechos Humanos. De la misma forma, el Tribunal Regional ordenó adoptar las reformas legislativas pertinentes para permitir que las personas afectadas por la indebida intervención del fuero militar (por ejemplo, víctimas o afectados en un caso de violaciones de derechos humanos) cuenten con un recurso efectivo de impugnación.

Aunado a todo lo anterior, el martes 21 de agosto el Pleno de la Suprema Corte Justicia de la Nación (SCJN) declaró, por una votación mayoritaria de 8  en el amparo en revisión 133/2012, promovido por los familiares de Bonfilio Rubio Villegas, (indígena naua de la Montaña de Guerrero que en junio de 2009 fue ejecutado extrajudicialmente por soldados del Ejército mexicano), la inconstitucionalidad del artículo 57, fracción II, inciso a), del Código de Justicia Militar, a la luz del artículo 13 constitucional, 2º y 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. De establecerse jurisprudencia en este sentido, quedará de nuevo evidenciado el incumplimiento de las obligaciones internacionales a cargo del Poder Legislativo, en términos de las sentencias interamericanas.

En este sentido, las organizaciones de derechos humanos hacemos un llamado de manera pública  y a través de un escrito presentado al Senado de la República para que éste comience  a la brevedad las discusiones en torno a tan fundamental asunto, de tal forma que desde el inicio de la Legislatura se prioricen los temas ligados a la consolidación de los derechos humanos. Al priorizar la reforma al Código de Justicia Militar, la LXII Legislatura estaría avanzando de forma contundente en el proceso de armonización de la legislación secundaria conforme al recién establecido bloque de constitucionalidad. Además, estaría demostrando su interés de cumplir con las obligaciones internacionales de México, fortaleciendo los controles civiles sobre las fuerzas armadas.

Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, A.C.; Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, A.C.; (Guerrero); Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C.; (Nuevo León) Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad A.C.; EQUIS Justicia para las Mujeres; FUNDAR, Centro de Investigación y Análisis; Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos (conformada por 71 organizaciones en 22 estados de la República).

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Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos

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