You are hereLa acción de inconstitucionalidad contra el matrimonio gay, un recurso regresivo y discriminatorio

La acción de inconstitucionalidad contra el matrimonio gay, un recurso regresivo y discriminatorio

Difusión Cencos México D.F., 29 de enero de 2010

Comunicado de prensa 01/10
i(dh)eas, Litigio Estratégico en Derechos Humanos, A.C.

“Ninguna familia puede ser sometida a discriminación basada en la orientación sexual
o identidad de género de cualquiera de sus integrantes”

La acción presentada por la Procuraduría General de la República (PGR) ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuestionando la constitucionalidad de las reformas al Código Civil del Distrito Federal que posibilitan el matrimonio y la adopción a parejas conformadas por personas del mismo sexo (admitido esta mañana por el órgano jurisdiccional) es una medida regresiva que constriñe la gama de derechos humanos de la población LGBTI y propicia una discriminación normativa en perjuicio de esta comunidad.

Desde el ámbito gubernamental federal, el recurso de marras se suma a las manifestaciones de homofobia mostradas por los sectores más conservadores de la colectividad, que continúan estigmatizando a la comunidad LGBTI como causante de la desintegración familiar, la depravación y el deterioro de la sociedad, mientras acentúan todavía más su vulnerabilidad por la vía de la exacerbación de conductas discriminatorias y discursos de odio.

En respuesta a esta situación, i(dh)eas, Litigio Estratégico en Derechos Humanos, A.C., a través del proyecto Ombudsgay, anuncia la preparación de un amicus curiae con el fin de aportar elementos a la discusión con base en los estándares más amplios de protección de los derechos humanos, a fin de apoyar el reconocimiento de derechos a cualquier persona, en especial la igualdad jurídica de los homosexuales.

Dicha opinión técnica será elaborada por un equipo interdisciplinario de especialistas y coordinados por el proyecto Ombudsgay, del que destacan los doctores en Derecho José Luis Caballero Ochoa, coordinador de la Maestría en Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana (UIA), miembro del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) e integrante del Consejo Consultivo de i(dh)eas; Miguel Rábago Dorbecker, académico de la UIA y miembro del SNI; y Mario Santiago Juárez, director del Departamento de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, catedrático de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), miembro del SNI y director de investigación de i(dh)eas.

El amicus curiae en cuestión vertirá su razonamiento sobre los siguientes ejes de reflexión: los principios de igualdad ante la ley y no discriminación, y los derechos de la comunidad LGBTI y de la diversidad sexual a formar familias homoparentales o de configuración distinta al modelo tradicional.

La PGR ha señalado que las reformas al Código Civil del Distrito Federal “se apartan del fin constitucional de protección a la familia que estableció el Constituyente Permanente en 1974”.

Sin embargo, los Principios sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género o Pricipios de Yogyakarta, señalan que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. Así pues, “la orientación sexual y la identidad de género son esenciales para la dignidad y humanidad de cada persona y no deben ser motivo de discriminación o abuso”. En virtud de ello, “toda persona tiene el derecho a formar una familia, con independencia de su orientación sexual o identidad de género”. Más adelante, establecen que “existen diversas configuraciones de familias” y que ninguna “puede ser sometida a discriminación basada en la orientación sexual o identidad de género de cualquiera de sus integrantes”. Por ende, los Estados “adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean necesarias a fin de asegurar el derecho a formar una familia”.

El desarrollo de esta opinión técnica contará también con la participación de las maestras en Sociología Angie Rueda Castillo y Lena Alejandra Brena Ríos, colaboradoras en la construcción del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, entre otros y otras.

Los derechos humanos no son una dádiva o prerrogativa que concede el Estado a la población, sino condición inherente a las personas por el simple hecho de serlo. No dependen de la voluntad de ningún gobierno para exisitir y no se consultan ni se negocian. Por el contrario, es responsabilidad del Estado garantizar su respeto, ejercicio, goce y protección conforme a los estándares más elevados en cada materia.

Contacto: Alejandro Juárez Z.
Director de Comunicación
Tel&Fax: +52 (55) 5264 73.32
ajuarez@idheas.org
Tehuantepec 142
Colonia Roma Sur
México, DF 06760
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Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos


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