Difusión Cencos México D.F., 14 de enero de 2008
Fundar Centro de Análisis e Investigación
Comunicación Institucional / Comunicado de prensa núm. 76
• De resolver a favor de la transparencia, ninguna autoridad tendrá la tentación de alterar los resultados electorales: Fundar
• La decisión detiene las intenciones apresuradas de obedecer al COFIPE
En un acto sin precedentes en México, el Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal ordenó el pasado 10 de enero la suspensión de oficio de la destrucción de las boletas de la elección presidencial de 2006 que podía realizar el Instituto Federal Electoral.
Fundar, Centro de Análisis e Investigación solicitó, por medio de su presidente Sergio Aguayo Quezada, el acceso a las boletas electorales de la elección presidencial de 2006. Si bien inicialmente el mismo Juzgado Noveno de Distrito desechó la demanda de amparo presentada por estimar que se trataba de un asunto político-electoral que no le compete luego hizo una corrección por la decisión de un tribunal colegiado que ubicó el asunto en el terreno del derecho a la información.
El juez Álvaro Tovilla León determinó “que las autoridades responsables suspendan cualquier acto tendente a dar cumplimiento a lo previsto por el párrafo 2, del artículo 254 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales [la destrucción de las boletas electorales], pues de ejecutarse haría físicamente imposible la restitución del quejoso [Sergio Aguayo] en el goce de la garantía constitucional que estima violada [el derecho a la información]”.