Sin garantizar, el derecho humano al agua en Edomex y Veracruz

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México D.F., 24 de julio de 2008 (Cencos).- El derecho humano al agua, contemplado en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) firmado y ratificado por México desde 1981, se inscribe dentro del derecho a un nivel de vida adecuado y a la salud, así como a un medio ambiente sano. Ambos derechos están siendo violados en el municipio de Zinacantepec, Estado de México y en la comunidad de Zaragoza, Veracruz. La contaminación de las aguas de ambas regiones impide a sus pobladores ejercer dichos derechos lo que los ha llevado a organizarse para exigirlos y hacerlos cumplir.

Pobladores de las dos comunidades han comenzado movilizaciones para evitar el deterioro ambiental de su entorno. En el municipio de Zaragoza, en la zona del istmo veracruzano, el Consejo Ciudadano de Zaragoza ha iniciado la defensa de los tres arroyos de su localidad ya que presentan un alto grado de contaminación. Por otra parte, en el Estado de México, mujeres y hombres de San Juan de las Huertas, en Zinacantepec ha llevado acciones para evitar la construcción de un relleno sanitario que tendrá graves afectaciones al ambiente y la salud de la población. Ambos movimientos apoyan sus pasos en la defensa del derecho humano al agua.

Entre los instrumentos internacionales para defender sus derechos destaca la Convención Americana de Derechos Humanos (artículo 26) o Pacto de San José, que en su Protocolo Adicional a la Convención en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador) establece como obligación del Estado adoptar las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos los derechos económicos, sociales y culturales de los y las ciudadanas bajo su jurisdicción, y también reiteran el derecho a la salud y a un medio ambiente sano (artículos 10 y 11, respectivamente) “así como el derecho de sus pueblos al desarrollo, a la libre determinación y a disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales”.

El problema en San Juan de las Huertas inició cuando se otorgó en concesión a un particular (Zippo SA de CV) la explotación de minas de arena, suelo que por sus características físicas presenta un alto grado de filtración de agua; tras agotar dicha explotación le fue requerido a la empresa que rellenara el terreno. La solución acordada fue la construcción de un relleno sanitario sin tomar en cuenta el alto grado de filtración hacia el manto acuífero que surte de agua potable tanto a San Juan de las Huertas como a la mayoría de las comunidades de Zinacantepec, localizadas en el área conurbada del valle de Toluca.

Ante el aviso a la comunidad del inicio de este proyecto, los y las pobladoras se organizaron y lograron detener momentáneamente su construcción, y lanzaron una campaña de difusión en la que sostiene que de permitirse la construcción del relleno sanitario los daños ambientales serían irreparables. El gobierno municipal ha optado por implantar medidas de presión a la población, principalmente la no recolección de basura bajo el pretexto de que si el pueblo no permite la construcción del relleno sanitario entonces no hay donde tirar la basura y por lo tanto tampoco funciona el servicio municipal de recolección. Incluso, los regidores de esta comunidad ya han demandado al alcalde, Raúl Espinoza Velásquez, por no ejercer un presupuesto de dos millones de pesos destinado a la compra de vehículos de limpia.

El relleno “se plantea que será el destino final de residuos sólidos (basura) a nivel metropolitano con ocho toneladas de basura al día (aproximadamente)”, dice Ethel Servín, pobladora que defiende la no construcción del tiradero. Y es que el plan de construcción de este relleno sanitario coincide con la negativa de los ejidatarios de San Luis Mextepec a que sus tierras sigan sirviendo como basurero a la ciudad de Toluca y los otros nueve municipios que integran el área metropolitana (entre estos Zinacantepec), ya que el gobierno no lo gestionó de manera adecuada, “lo tienen echo un asco” y carece de estudios de impacto ambiental según los propios ejidatarios. Ante esta negativa y el creciente problema de la basura en el valle de Toluca, donde se han presentado más problemas similares, se pretende la construcción del relleno que contaminaría gravemente al agua de San Juan de las Huertas y las demás comunidades del municipio.

A estos rechazos se suma el de pobladores de San Miguel Mimiapan (agosto de 2007), donde las autoridades gubernamentales también optaron por la imposición en vez de la negociación para instalar rellenos sanitarios en sitios que cuenten con estudios de alto impacto de la Secretaría de Medio Ambiente estatal. Los municipios con basureros clandestinos o que simplemente carecen de estos, dibujan un problema en todo el estado. Sólo la mitad de la basura generada en el Estado de México llega a un relleno sanitario, las otras 2 mil 500 toneladas de residuos sólidos diarios ilustran la falta de un medio ambiente sano donde se incumple en múltiples casos con las regulaciones legales necesarias en dicha entidad.

De continuarse la construcción del relleno sanitario en Zinacantepec se violaría el derecho que las mujeres y hombres tienen “a disponer de agua para el uso personal y doméstico en cantidad suficiente, de buena calidad y física y económicamente accesible”, asentado en la Observación General No. 15 (OG 15) del Comité para los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas. También, debido al carácter universal e interdependiente de los derechos humanos, la gestión de éste relleno sanitario también viola el derecho a solicitar, recibir y difundir información del proyecto, así como a un nivel de vida adecuado, a la salud de los pobladores de Zinacantepec, y su derecho a gozar de un medio ambiente sano, entre otros.

“El problema al que nos enfrentamos es muy serio, –dice Ethel Servín– pues el particular interesado en la realización del proyecto y la empresa, poseen recursos económicos muy fuertes, algo con lo que nosotros no contamos. También nos enfrentamos a la apatía e indiferencia de la población, que no logra imaginar y calcular lo negativo de su omisión para participar con nosotros.”

El Estado mexicano tampoco respeta, protege y cumple el derecho humano al agua en Zaragoza, Veracruz. Los y las pobladoras de Zaragoza carecen de un medio ambiente sano desde que se construyó, a mediados del siglo XX, la red de aguas negras cuya descarga se vierte en los arroyos Paso Ganado, La Colmena y Papachote, lo cual provoca “enfermedades, reducción de lugares para la pesca, riego y disfrute de sus aguas”, según plantea María Elena Aguilar Barrón, presidenta del Consejo Ciudadano de Zaragoza.

El consejo se ha concentrado en el saneamiento de sus arroyos que en años recientes se han contaminado aún más debido a la expansión de proyectos inmobiliarios de fraccionamientos y las nuevas descargas a los arroyos, cuyo origen es el río Coatzacoalcos; sus integrantes han implementado campañas de concientización de los miembros de su comunidad, la creación de un Foro para discutir las problemáticas ambientales así como una caminata por las riberas y el impulso de la propuesta de construir un biodigestor que ayude a descontaminar sus tres arroyos. “La gente está tomando conciencia, su respuesta tanto en la caminata como en el foro fue considerable”, relata Maria Elena.

El siguiente paso que adoptará el Consejo Ciudadano, será incorporar a su lucha los principios de tratados internacionales firmados y ratificados por México sobre el derecho humano al agua para, con base en estos, conseguir que se garantice la descontaminación de sus fuentes de agua.

Dichas acciones repercutirán en la posibilidad de tener acceso física y económicamente viable al agua potable y la capacidad de garantizar este derecho a las generaciones futuras gracias a una gestión sostenible de sus recursos acuíferos. Si no se logra el saneamiento de estos arroyos la situación actual de violación a los derechos humanos persistirá. Hoy en día en Zaragoza se viola el derecho humano al agua y junto con este muchos otros (igual que en el caso de Zinacantepec).

La recurrencia de los movimientos de pobladores de ambas comunidades a apoyar sus luchas en el respeto al derecho humano al agua encuentra sustento en pactos internacionales, como el PIDESC, que según el artículo 133 de nuestra Constitución, al ser firmado y ratificado pasa a formar parte del ordenamiento jurídico mexicano. Este mismo tratado indica que los Estados Miembro deben hacer todo lo necesario para garantizar que se cumpla el derecho humano al agua de todos y todas las mexicanas.

Aunque el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en especial tras la publicación de la OG 15, es en la actualidad el mayor pronunciamiento sobre el derecho de la población al agua, este derecho fue asentado como tal desde 1977 en la Declaración de Mar del Plata, y aparece en muchos otros instrumentos internacionales adoptados por el Estado mexicano.

La exigencia de este derecho y su base legal por parte de las luchas sociales permiten que éstas utilicen como argumento a los Pactos Internacionales a los que México se obliga y por lo tanto puedan solicitar a las instancias gubernamentales que respeten, protejan y cumplan sus obligaciones en materia de derechos humanos. La defensa de sus derechos fundamentales es otro frente desde donde han decidido organizarse.

Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos